La familia Zentner Severino sigue exigiendo justicia para su hija Elibeth



El 26 de agosto de 2012, muere en circunstancias confusas Elibeth Zentner, lo que lleva a la familia Zentner a demandar un proceso de investigación, con el objetivo de que se esclarezca de manera veraz la muerte de su hija.

Han transcurrido nueve años y aún la familia Zentner - Severino no ha podido tener un reconocimiento judicial mediante un fallo que, conforme a las pruebas, decida: ¿si fue un “accidente” o un homicidio intencional? ¡Esto último ha quedado demostrado!, faltando vincular al criminal.

Hoy, el que haya justicia o impunidad en la muerte de Elibeth Zentner está en manos, nuevamente, de la Corte Suprema de Justicia en su Sala Penal, integrada por los magistrados María Eugenia López, Maribel Cornejo y José Ayú Prado; quienes deben fallar un recurso de casación contra la prescripción del caso, presentado a favor de su esposo, para intentar dejar impune su participación como responsable en la muerte de Elibeth.

En ese acompañamiento, se han realizado distintas acciones solidarias, cuyo objetivo ha sido el denunciar y exigir que se conozca la verdad. Entre ellas están marchas, piquetes en los juzgados donde se han realizado audiencias, participación en medios de comunicación pidiendo justicia oportuna, se han emitido pronunciamientos; por ejemplo, el del Consejo Consultivo de la Defensoría del Pueblo, el cual estaba integrado por 14 organizaciones de la sociedad civil y con fecha del 8 de marzo de 2018, el cual señaló cinco puntos, entre los que podemos destacar: 1-. Demandar que el Estado analice el proceso seguido por la muerte de Elibeth Zentner, bajo los parámetros del derecho internacional de los derechos humanos y atendiendo al principio de debida diligencia; aún más cuando existen fuertes indicios para sospechar que la muerte fue producto de violencia basada en género. 2-. Solicitar al sistema judicial un pronunciamiento en un plazo razonable, para mitigar la victimización secundaria a la que han estado expuestos la señora Beatriz Severino y el señor Federico Zentner. 3-. Mantenernos alertas de las actuaciones que se sigan en este caso y en acompañamiento de la familia Zentner, para que se llegue al esclarecimiento de lo ocurrido y la familia pueda conocer la verdad de los hechos. 4-. Exigir al Estado panameño la implementación efectiva de las normas nacionales e internacionales en la materia, que permitan la prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres, así como la atención y protección integral de las víctimas; además del desarrollo de investigaciones oportunas y el establecimiento de sanciones ejemplares ante las muertes violentas de mujeres.

La Central General Autónoma de Trabajadores de Panamá (CGTP) y el Espacio de Encuentro de Mujeres presentaron ante los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá (Pleno), el 10 de diciembre de 2017, un “Amicus Curiae” (“Amigos del Tribunal”).

Allí explicábamos lo siguiente: “Venimos a presentar este escrito de “Amicus Curiae”, para exponer nuestra visión de la ausencia de respeto y protección al Derecho a la Vida, luego de estudiar el caso y sus pruebas pedimos a la Corte, que expuesto en nuestro orden jurídico interno y en las convenciones de Derechos Humanos, que forman parte del Bloque de Constitucionalidad establecido en el Artículo 4 de la Constitución Política.

En la justificación del “Amicus Curiae”, señalamos: “que no venimos a acusar ni a juzgar, a ninguna persona, porque reconocemos que es responsabilidad de las autoridades instituidas para estos fines: Ministerio Público y Órgano Judicial; lo que sí queremos es coadyuvar en el ejercicio de la debida diligencia que debe guiar la conducta de todo operador de judicial. Con el objetivo superior, que en nuestro Panamá, exista la mayor protección a los Derechos Humanos, partiendo del Derecho a la Vida. En este sentido corregir los desaciertos que advertimos, en la investigación del Homicidio de una mujer panameña, joven, madre de tres hijos, muerta en el período más productivo de su vida.

La familia Zentner ha bregado por nueve años en la búsqueda del esclarecimiento de la muerte de su hija, el dolor les ha dado impulso para conocer la verdad, es un ejemplo para la sociedad panameña, no podemos quedarnos en silencio. Tenemos que exigirle al Gobierno Nacional y en todas las instancias de justicia, lo que está consignado en el Artículo 15 de la Ley 82 del 24 de octubre de 2013. Que tipifica y sanciona el FEMICIDIO y demás hechos de violencia contra la mujer.

Para contrarrestar los fallos desacertados, la corrupción, la impunidad en los Tribunales, y el aumento desmedido de asesinatos de mujeres por razón de género; debemos exigir al Gobierno Nacional, poner en práctica, el numeral 3 del artículo 15, que demanda el “Coordinar y/o ejecutar programas de formación continua, con una periodicidad no menor de un año, para las oficinas gubernamentales y no gubernamentales, con especial énfasis en el personal operador de justicia, el personal de salud y las autoridades de policía, que garanticen la adecuada prevención, protección y atención a las mujeres víctimas de la violencia”. ¡Justica para Eli! ¡No a la impunidad!

Secretaria general de la Central General Autónoma de Trabajadores de Panamá (CGTP).

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